
Seguridad, elecciones y presión sobre el gasto público
Facultades extraordinarias y medidas económicas
Con la declaratoria vigente, el Ejecutivo queda facultado para crear nuevos impuestos o modificar de forma transitoria los existentes, siempre dentro del marco constitucional y con el objetivo de atender la crisis fiscal.
Las medidas tributarias estarían dirigidas principalmente a personas naturales y jurídicas con mayor capacidad contributiva, mediante impuestos directos e indirectos que permitan fortalecer el recaudo en el corto plazo.
Asimismo, el Gobierno podrá expedir decretos legislativos “necesarios para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos”, tal como lo establece el propio decreto.
Alcance de la emergencia económica y vigencia del decreto
El ministro del Interior, Armando Benedetti, confirmó la firma del decreto y explicó que la emergencia responde a riesgos económicos estructurales derivados del incumplimiento de compromisos financieros del Estado.
“Aquí lo que se ve en peligro es la economía del país, porque una ley de financiamiento se hace para pagar la deuda. Si no se paga, crece el riesgo ante los bancos internacionales, suben los bonos y se afectan proyectos estratégicos de infraestructura”, afirmó el funcionario.


