
Protección de los Derechos Fundamentales
Obligaciones de las EPS y Orden de la Corte
La Corte Constitucional subrayó la responsabilidad de las EPS en el seguimiento permanente y la garantía de acceso al tratamiento para pacientes con VIH. Se dictaminó que las barreras administrativas que obstaculizan la prescripción médica para estos pacientes constituyen una vulneración al derecho fundamental a la salud.
En consecuencia, la Sala ordenó a la Nueva EPS que restableciera de inmediato la atención y los servicios médicos correspondientes al tratamiento antirretroviral del paciente. Además, instó al accionante a que, en un plazo de dos meses y en caso de no tener capacidad de pago, realice los trámites necesarios para ser encuestado en el Sisbén y así sea trasladado al régimen subsidiado.
Este fallo de la Corte Constitucional representa un avance significativo en la protección de los derechos de las personas con VIH en Colombia, reafirmando el compromiso del Estado en garantizar el acceso a la salud para todos los ciudadanos, sin discriminación ni exclusiones.