La media se toma tras contar con la respectiva autorización del Ministerio del Interior. Y debido al crecimiento de la curva de contagios de Coronavirus, que ubican a Cartago como un municipio de afectación alta.
En consecuencia se prohíbe la circulación o tránsito de motocicletas de cualquier tipo de cilindraje con pasajero o pasajera mayor de catorce (14) años.
Los sectores donde aplica la medida son, el sector comprendido entre las carreras tercera (3ª) y séptima (7ª), y entre las calles novena (9ª) y quince (15).
La medida empieza a aplicar desde las cero (00:00) horas del día lunes 19 de octubre del año 2020 y hasta las cero (00:00) horas del día jueves 19 de noviembre del mismo año.
De acuerdo con el documento quedan exceptuados de esta restricción, la asistencia y prestación de servicios de salud. El personal de asistencia y prestación de servicios de salud, servicios médicos, asistenciales, farmacéuticos, hospitalarios, clínicos.
También los organismos de socorro, servicios públicos, la fuerza pública, así como los servidores públicos y contratistas estatales de todo nivel. Siempre y cuando sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria, por causa del Coronavirus Covid-19.
Se exceptúa el abasto de productos de primera necesidad en, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal.
Medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, equipos y dispositivos de tecnologías en salud y la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, por entrega a domicilio y el servicio público de transporte.
El incumplimiento de las medidas adoptadas dará lugar a la imposición de las multas establecidas en la Ley 1801 de 2016 y en el literal C-14 del Artículo 131 de la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito, modificado por la Ley 1383 de 2010, Articulo 21, por parte de las autoridades competentes.

